Topes para la contratación de bienes, servicios y obras. Año 2017

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2017

El nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) fue aprobada por el Gobierno y asciende a S/4,050, el cual regirá desde el 1 de enero del 2017 según Decreto Supremo N°353-2016-EF, publicado hoy en las Normas Legales del diario El Peruano.
El referido Decreto Supremo señala:
“Durante el año 2017, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4 050,00)”.
El documento está firmado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski, el ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne Vetter.
La UIT actualmente es de S/3,950, sin embargo años atrás ha tenido los valores de: S/3,850 en el 2015; S/3,800 en el 2014 y S/3,700 en el 2013.
Esta decisión fue adoptada de conformidad con la Norma XV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado XV del Código Tributario, para modificar de UIT, el cual es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, entre otros.

TOPES(*) PARA CADA PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - REGIMEN GENERAL

Año Fiscal 2017 en Soles

TIPO OBJETO
BIENES SERVICIO y CONSULTORIA DE OBRAS OBRAS
LICITACIÓN PÚBLICA >= a 400,000 >= a 1'800,000
CONCURSO PÚBLICO >= a 400,000
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA < de 400,000
> a 32,400
< de 400,000
> a 32,400
< de 1'800,000
> a 32,400
SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES < de 40,000
> a 32,000
-
COMPARACIÓN DE PRECIOS < de 40,000
> 32,400
< de 40,000
> 32,400
-
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA > a 32,400 > a 32,400 -
CONTRATACIÓN DIRECTA > a 32,400 > a 32,400 > a 32,400
Elaborado por la Dirección del SEACE - OSCE (***)

(*) Artículo 16° literal a, Artículos 22° al 25° de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley N° 30225 y al articulo 32 de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF, y al artículo 16 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, Ley N° 30518.
(**) Decreto Supremo N° 353-2016-EF publicado en el diario oficial El Peruano el 21 Dic. 2016.
(***) Prohibida su reproducción, modificación o publicación, sin dar la fuente.

TOPES(*) PARA CADA PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - ENTIDAD PETROPERÚ S.A.

Año Fiscal 2017 en Soles

PROCESO DE SELECCIÓN ESCALA
COMPETENCIA MAYOR >= 1'000,000
COMPETENCIA MENOR < 1'000,000
> 16,200
CONTRATACIÓN DIRECTA > 16,200 (**)
Fuente: Petróleos del Perú SA (***)

(*) Artículo 6.8 del Reglamento de contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. y numeral 4.9 del Acuerdo de Directorio 116-2015-PP de PETROPERÚ S.A.
(**) Decreto Supremo N° 353-2016-EF publicado en el diario oficial El Peruano el 21 Dic. 2016.
(***) Prohibida su reproducción, modificación o publicación, sin citar la fuente.

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