EL OSCE SE QUEDA SIN ALIADOS.

ALCANCES DE LAS MODIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO APROBADO MEDIANTE D.S. 056-2017-EF (19.03.17)

OSCE

PARTE I

Art. 4 referido a la Organización de la Entidad para las contrataciones.
El numeral 4.4 cuando se refiere al procedimiento de certificación de los funcionarios que laboran en el Órgano Encargado de las contrataciones, ha suprimido del texto la acreditación de las instituciones o empresas que cumplían la labor de capacitar a los operadores del sistema de contratación pública en aspectos vinculados con las contrataciones del Estado
4.4 “OSCE establece las estrategias, los procedimientos y requisitos para la certificación, incluyendo niveles y perfiles entre otros”. (TEXTO ACTUAL)
Lo que significa que ya no será requisito para la acreditación de los servidores o funcionarios del OEC que cuenten con certificados de estudios emitidos por Aliados Estratégicos del OSCE, que pueden capacitarse con cualquier persona natural o jurídica que les enseñe la normativa y sobre todo su aplicación práctica, es decir que estas capacitaciones deben estar orientadas a lograr que los funcionarios públicos desarrollen competencias para analizar, comprender y aplicar la normativa de contrataciones del Estado (Porque es importante, porque deberán demostrar que conocen la norma para superar el examen de acreditación que será PRESENCIAL – ya no podrán dar exámenes en las oficinas acompañados de otros funcionarios y aprobar en forma colectiva dicha evaluación, también porque las preguntas están formuladas en condición de casos para resolver, por lo que si no conoces y comprendes la norma no podrás superar dicha evaluación), de modo tal que se haga un uso adecuado de esta importante herramienta que se encuentra a disposición de las entidades de la administración pública para que a través de las contrataciones que lleva a cabo pueda alcanzar el logro de sus metas y objetivos institucionales.
Fuente: Miguel Salas

Por lo tanto, el OSCE se centrará en la certificación de los servidores del órgano encargado de las contrataciones. Como consecuencia, los convenios suscritos con instituciones públicas y privadas capacitadoras, quedarán sin efecto en 15 días, en mérito a que el nuevo reglamento entra en vigencia el lunes 3 de abril de 2017.
Fuente: OSCE


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